Las reformas al poder judicial argentino en la constitución de 1994: éxitos y fracasos?

Autores

  • Jorge Alejandro Amaya Universidad de Buenos Aires

DOI:

https://doi.org/10.18256/2238-0604/revistadedireito.v10n2p28-36

Resumo

La Constitución no es solo un documento jurídico, sino nuestro principal instrumento de gobierno y símbolo de la unidad nacional. Para lograr estos fines se requiere que el intérprete y el operador constitucional se ajusten estrictamente a los objetivos declamados por la reforma; y encausen la práctica constitucional del país hacia una cultura que priorice el control sobre el ejercicio del poder; y el interés general sobre el político partidario. Con independencia de la discusión sobre el acierto o el error de las reformas introducidas al Poder Judicial; o de la técnica constituyente y legislativa utilizada, cabe aún la oportunidad de contribuir a la realización de mejores desarrollos normativos e interpretativos para amortiguar las deficiencias constitucionales,  reglamentarias y prácticas que han sido señaladas.

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Biografia do Autor

  • Jorge Alejandro Amaya, Universidad de Buenos Aires

    Jorge Alejandro Amaya es Abogado graduado en la UBA. Especialista en Derecho Constitucional; Máster en Derecho Público y Doctor en Derecho Constitucional por la Universidad de Buenos Aires. Completó sus estudios de Postgrado en temas de Administración de Justicia y Derechos Humanos en la Escuela de Gobierno y Negocios de la Universidad de Harvard (USA) y en las Escuelas de Leyes de las Universidades de San Francisco (USA) y George Washington University (USA). Es Profesor de Derecho Constitucional y Procesal Constitucional de la UBA; de la Universidad Nacional de Rosario y de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, así como de distintas Maestrías y Doctorados en Argentina y en el exterior. Es profesor de la Escuela Judicial del Consejo Nacional de la Magistratura y del Centro de Formación Judicial de la Ciudad de Buenos Aires. Es jurado de Concursos docentes y de selección de jueces en la Ciudad de Buenos Aires, así como miembro de Comités Académicos de Doctorados y Maestrías. Es fundador y Vocal titular de la Asociación Argentina de Derecho Procesal Constitucional, y miembro titular de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional. Consultor Sénior del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo en temas de Derecho Constitucional y Electoral. Profesor invitado y disertante en distintas Universidades Europeas y Latinoamericanas. Ha sido Vicerrector de la Universidad de Ciencias Empresariales y Sociales de Buenos Aires (UCES); Decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de dicha Universidad y fundador de su Revista Jurídica. Ha sido Director del Senado de la Nación Argentina; y asesor de bloque de la Convención Nacional Constituyente de 1994.  Recibió el premio “Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires” en la especialidad Derecho Constitucional y fue distinguido por la Universidad Nacional  Mayor de San Marcos (Universidad Decana de América) y por el Centro de Estudios Nacionales del Perú por su labor académica y docente. Recientemente ha sido galardonado con el Premio Academia Nacional de Derechos y Ciencias Sociales de Buenos Aires por su obra “Control de Constitucionalidad” (Astrea, 2012).

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Publicado

07-02-2015

Edição

Seção

Direitos Fundamentais, Jurisdição Constitucional e Democracia

Como Citar

AMAYA, Jorge Alejandro. Las reformas al poder judicial argentino en la constitución de 1994: éxitos y fracasos?. Revista Brasileira de Direito, Passo Fundo, RS, Brasil, v. 10, n. 2, p. 28–36, 2015. DOI: 10.18256/2238-0604/revistadedireito.v10n2p28-36. Disponível em: https://seer.atitus.edu.br/index.php/revistadedireito/article/view/723. Acesso em: 29 ago. 2025.