El derecho de propiedad y su “función social” en el ordenamiento jurídico italiano y en el europeo

Autores

  • Angelo Viglianisi Ferraro Università "Mediterranea" di Reggio Calabria (Italy)

DOI:

https://doi.org/10.18256/2238-0604.2021.v17i1.4576

Palavras-chave:

Derecho Propiedad, Función Social, Derecho Europeo. Constitución Italiana

Resumo

La Constitución italiana contempla la propiedad no como un derecho fundamental, sino como un derecho “reconocido y garantizado por la ley... con el objetivo de asegurar su función social”. Por esta razón, muchos autores han subrayado que su inclusión en la Convención Europea de Derechos Humanos, así como en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, podría considerarse como un regreso censurable a antiguas (y excesivamente liberales) opiniones. En realidad, como se intentará demostrar en este trabajo, la noción de “función social” no es ajena al Derecho Europeo, que incluso extiende este concepto y sus significativas implicaciones, a muchos otros derechos y libertades protegidos en las modernas Cartas de Derechos.

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Publicado

21-05-2021

Edição

Seção

Contribuição exclusiva de autor estrangeiro

Como Citar

FERRARO, Angelo Viglianisi. El derecho de propiedad y su “función social” en el ordenamiento jurídico italiano y en el europeo. Revista Brasileira de Direito, Passo Fundo, RS, Brasil, v. 17, n. 1, p. e4576, 2021. DOI: 10.18256/2238-0604.2021.v17i1.4576. Disponível em: https://seer.atitus.edu.br/index.php/revistadedireito/article/view/4576. Acesso em: 29 ago. 2025.